Respetar para la seguridad de todos. Velocidades máximas permitidas
Siempre debe adecuar la velocidad de su vehículo, de acuerdo a lo que la circulación lo permita. Esta velocidad se llama “precaucional”.
Además existen velocidades estipuladas para cada lugar que transita, ya sea en camino urbano o rural.
EN ZONA URBANA
- Calles 40 km/h
- Avenidas 60 Km/h
- Si hay semáforos, la que coordinadamente permitan consecutivamente los mismos
ZONA RURAL
- Autos, motos y camionetas 110 Km/h
- Obnibus, microbús y casas rodantes 90 Km/h
- Camiones y autos con casa rodantes 80Km/h
- Sustancias peligrosas 80 Km/h
En Autopistas ídem a lo establecido en las velocidades máximas anteriores, excepto las motos y autos que pueden circular hasta 120 Km/h. En rutas que atraviesen zonas urbanas, solo se podrá circular a un máximo de 60 Km/h, salvo indicación en contrario.
En las proximidades de una Escuela, en cruce ferroviario y en los lugares de afluencias de personas, el límite máximo es de 20Km/h.
Recuerde que al llegar a una intersección, debe reducir la velocidad a la mitad de la máxima establecida en el lugar. Cuando hay una velocidad máxima establecida, la misma es realmente máxima y no quiere decir que pueda circular si o si a esa velocidad, sino también a una menor, sin obstruir por supuesto el tránsito.
Fuente: Víctor Ernesto Herrera. Fotos extraídas de: www.imneuquen.com.ar y de www.autopista.es